La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, expidió la resolución
00053 del 28 de mayo de 2020, donde modifica los plazos establecidos para la presentación de información tributaria del año gravable 2019.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, expidió la resolución
00053 del 28 de mayo de 2020, donde modifica los plazos establecidos para la presentación de información tributaria del año gravable 2019.
Por medio del decreto 682 del 21 de mayo de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, definió las condiciones para aplicar a estos días de exención del impuesto sobre las ventas . Las fechas establecidas serán:
Primer día: 19 de junio de 2020.
Segundo día: 3 de julio de 2020.
Tercer día: 19 de julio de 2020.
Adicionalmente, la DIAN confirmó que se suspenderá el cobro del impuesto al consumo hasta diciembre, de tal manera que los restaurantes puedan tener la posibilidad de recuperar las pérdidas por la pandemia.
•Otra medida que se adoptó fue que hasta el 31 de julio no se causará el IVA al arrendamiento de los locales comerciales.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, expidió la resolución 0042 del 5 de mayo de 2020; por la cual se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación.