
Las personas jurídicas con ánimo de lucro, así como las cooperativas y fondos de empleados, deben reportar anualmente en la información exógena el valor nominal de sus acciones, aportes o derechos sociales. Adicionalmente, deben incluir el valor pagado por concepto de prima en colocación de acciones o cuotas sociales, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Estatuto Tributario.
Consulta el siguiente link:ConDIAN00523_2025