DIAN reitera los requisitos con los que debe cumplir un documento que soporte las adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta.
Hasta el 24 de febrero del 2023 se extendió el plazo para presentar la declaración por el año gravable 2022 para los contribuyentes del ICA que en la vigencia del 2021 tuvieron un impuesto a cargo de hasta 391 UVT.