IVA descontable en operaciones a crédito no depende del acuse de recibo oportuno

El 10 de julio de 2025, el Consejo de Estado anuló los Oficios 908749 de 2022, 2999 y 7058 de 2024 de la DIAN, tras una demanda presentada por Carlos Giovanni Rodríguez, del INCP y socio de Esguerra JHR.

El alto tribunal concluyó que la DIAN excedió su facultad interpretativa al exigir que los acuses electrónicos de recibo de facturas y bienes en operaciones a crédito fueran enviados dentro del mismo período fiscal y antes de solicitar el IVA descontable, condición no prevista en la ley.

Según la sentencia, ni el artículo 616-1 ni el 496 del Estatuto Tributario establecen ese requisito, por lo que imponerlo vulnera el principio de legalidad tributaria. El fallo reafirma que solo el Congreso puede crear obligaciones fiscales y protege los derechos de los contribuyentes.

Consulta el siguiente link: Consejo-de-Estado-–-Sentencia-29509-del-10-de-julio-