DIAN aclara la base de cálculo para la proporcionalidad de impuestos descontables

La DIAN, en su Concepto No. 1241 de 2024, resolvió una consulta sobre la base adecuada para calcular la proporcionalidad del IVA descontable según el artículo 490 del Estatuto Tributario. La pregunta planteada era si dicho cálculo debía hacerse con base en los ingresos netos o en los ingresos brutos de las operaciones excluidas, exentas y gravadas.

En su respuesta, la entidad aclaró que el cálculo debe realizarse considerando los ingresos netos obtenidos en el período fiscal correspondiente. Esto implica que los ingresos brutos deben ajustarse por devoluciones, descuentos y anulaciones, con el fin de reflejar con mayor precisión la realidad económica de las operaciones.

Asimismo, la DIAN subrayó que estos ajustes contables inciden directamente en la base de la proporcionalidad del IVA descontable. De esta manera, al considerar solo las operaciones efectivamente realizadas, se evita distorsionar la base imponible y se garantiza el cumplimiento del principio de realidad económica en la determinación del impuesto.

Consulta el siguiente documento: Concepto-No.-1241-de-2024-–-DIAN