Es inconstitucional la norma que establecía el Ingreso Base de Cotización de los trabajadores independientes y con contratos diferentes a prestación de servicios personales… La Corte aplazó los efectos de la decisión hasta el vencimiento de las dos legislaturas ordinarias siguientes, contadas a partir de la notificación de esta sentencia.
Los trabajadores independientes que ganen más de un salario mínimo, podrán determinar su Ingreso Base de Cotización -IBC-, mínimo sobre el 40% del valor mensual de sus ingresos, aplicando previamente el esquema de presunción de costos por actividades económicas.
El ICA efectivamente pagado durante el correspondiente año gravable, que tenga relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, es posible tomarlo como descuento o deducción, con los requisitos y límites antes señalados.
Fuente: ICDT
Fuente: ICDT