Reconocimiento del Parentesco de Crianza: Sentencia o Escritura Pública
Según lo establecido en la Ley 2388 de 2024, el reconocimiento del parentesco de crianza puede realizarse tanto mediante sentencia judicial como por escritura pública ante notario.
Aunque el artículo 12 indica que los parentescos para aplicar la deducción del artículo 387 del Estatuto Tributario deben ser declarados por un juez de familia, también se reconoce la validez de aquellos registrados ante notario.
Esto significa que quienes formalicen el parentesco de crianza por cualquiera de estas vías podrán acceder a las deducciones tributarias correspondientes.
¡Una oportunidad más para garantizar beneficios y reconocimiento a las familias de crianza en Colombia!
Consulta el siguiente documento:ConDIAN01043_2024