Revisor fiscal y asamblea extraordinaria: lo que dice el CTCP sobre su renuncia

El Concepto 0111 de 2025 del CTCP establece que el revisor fiscal puede convocar una asamblea extraordinaria para presentar su renuncia en una propiedad horizontal. Sin embargo, esta asamblea solo podrá tener como único punto del orden del día la renuncia.

Si se desea tratar otros asuntos, como la elección de un nuevo revisor fiscal o la ratificación del consejo de administración, será necesario convocar una nueva reunión, según lo dispuesto en el parágrafo del artículo 39 de la Ley 675 de 2001.

Consulta el siguiente documento:Concepto-0111-de-2025-CTCP