Confirman responsabilidad penal por no consignar el IVA al Estado

La Corte Suprema de Justicia, a través de su Sala de Casación Penal, confirmó parcialmente la condena impuesta a una mujer de 87 años, representante legal de una empresa, por incumplir sus deberes como agente retenedor del IVA, al no consignar dentro de los plazos establecidos las sumas recaudadas entre 2010 y 2014, que ascendían a $56.349.229.

En primera instancia, un juzgado de Bucaramanga le impuso una pena de prisión y una multa de $94.722.000, decisión respaldada por el Tribunal Superior de esa ciudad, que además negó la posibilidad de cumplir la condena en su domicilio.

Al revisar el caso, la Corte Suprema consideró que las decisiones previas no tuvieron en cuenta las garantías del debido proceso ni la condición de vulnerabilidad derivada de la edad avanzada de la procesada. Por esta razón, autorizó que la condena se cumpla bajo detención domiciliaria, con la obligación de firmar un compromiso ante las autoridades.

El alto tribunal también dispuso que el INPEC realice los trámites de reseña y verificación directamente en el lugar de residencia de la condenada, sin traslado a un centro carcelario.

La decisión enfatiza que la medida se otorga por motivos humanitarios, pero no elimina la responsabilidad penal por la omisión en la consignación del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Consulta el siguiente documento:SP1863-de-2025-–-Corte-Suprema-de-Justicia