Consecuencias de incumplir con el reporte de conciliación fiscal

Cuando el reporte de conciliación fiscal no se presenta o se entrega de manera tardía, se configura una irregularidad contable sancionable conforme al artículo 655 del Estatuto Tributario, siempre que se haya vencido el plazo legal para presentar la declaración del impuesto sobre la renta.

El reporte de conciliación fiscal contiene información tributaria esencial para el ejercicio de las funciones de fiscalización de la Administración Tributaria, ya que permite verificar la coherencia entre la contabilidad y la determinación del impuesto sobre la renta.

En consecuencia, si el contribuyente obligado a llevar contabilidad presenta el reporte de conciliación fiscal dentro del plazo de la declaración de renta, pero lo hace con errores o de forma incompleta, se aplican las sanciones previstas en los literales b) y c) del numeral 1 del artículo 651 del Estatuto Tributario, relacionadas con el envío de información incorrecta. Estas sanciones se imponen debido a que las inconsistencias afectan directamente la facultad fiscalizadora de la Administración Tributaria.

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